Dirección Planeamiento y Presupuesto

ÓRGANOS DE LINEA

ARTICULO 12°.- OFICINA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO
Es la unidad orgánica de asesoramiento de segundo nivel organizacional, responsable del proceso de planificación estratégica y operativa; desarrollo organizacional, Proceso Presupuestario y Gestión de Proyectos de Inversión en salud. Su sigla es OPP. Tiene las siguientes funciones generales:

  1. Implementar la normatividad de los sistemas y procesos sectoriales de planeamiento, inversión en salud, organización, financiamiento, para el logro de sus objetivos funcionales en el marco de los roles y competencias asignadas a las Direcciones de Las Redes de Servicios de Salud.
  2. Conducir el proceso de la formulación, implementación y evaluación del planeamiento institucional en su ámbito de competencia.
  3. Conducir el proceso presupuestario para garantizar el cumplimiento de los objetivos y metas institucionales.
  4. Participar en el proceso de elaboración de metodologías de análisis y formulación de políticas y planeamiento estratégico.
  5. Evaluar el cumplimiento de los objetivos a corto, mediano y largo plazo de la Dirección de la Red de Servicios de Salud La Convención.
  6. Elaborar los documentos de gestión institucional, (ROF, CAP, MOF, TUPA, MAPRO, POI, PEI, PTI). Del ámbito de su competencia. Para su aprobación según la normatividad vigente.
  7. Identificar, las necesidades de proyectos de inversión y gestionar el financiamiento en el ámbito de su competencia.
  8. Formular y ejecutar el plan táctico de su ámbito con enfoque de presupuesto por resultados y de acuerdo a los criterios de programación establecidos.
  9. Otras funciones que le delegue la Dirección Ejecutiva de la Red de Servicios de Salud La Convención.

ARTÍCULO 13°.- La Oficina de Planeamiento y Presupuesto mantiene las siguientes líneas de interrelación:

Dependencia: Depende jerárquica y administrativamente de la Dirección Ejecutiva de la Red de Servicios de Salud La Convención.
De Autoridad: Ejerce autoridad sobre el personal asignado y sobre las Unidades bajo su Dependencia.
De Responsabilidad: Es responsable del cumplimiento de sus funciones y logro de sus objetivos y metas ante la Dirección Ejecutiva de la Red de Servicios de Salud La Convención.
De Coordinación: Para el cumplimiento de sus funciones mantiene relaciones de coordinación con las diferentes unidades orgánicas de Red de Servicios de Salud La Convención con la Dirección Regional de Salud así como con eRegional del Cusco y organismos públicos y privados, nacionales, regionales y locales, relacionados de su competencia.

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