ARTICULO 12°.- OFICINA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO
Es la unidad orgánica de asesoramiento de segundo nivel organizacional, responsable del proceso de planificación estratégica y operativa; desarrollo organizacional, Proceso Presupuestario y Gestión de Proyectos de Inversión en salud. Su sigla es OPP. Tiene las siguientes funciones generales:
ARTÍCULO 13°.- La Oficina de Planeamiento y Presupuesto mantiene las siguientes líneas de interrelación:
Dependencia: Depende jerárquica y administrativamente de la Dirección Ejecutiva de la Red de Servicios de Salud La Convención.
De Autoridad: Ejerce autoridad sobre el personal asignado y sobre las Unidades bajo su Dependencia.
De Responsabilidad: Es responsable del cumplimiento de sus funciones y logro de sus objetivos y metas ante la Dirección Ejecutiva de la Red de Servicios de Salud La Convención.
De Coordinación: Para el cumplimiento de sus funciones mantiene relaciones de coordinación con las diferentes unidades orgánicas de Red de Servicios de Salud La Convención con la Dirección Regional de Salud así como con eRegional del Cusco y organismos públicos y privados, nacionales, regionales y locales, relacionados de su competencia.
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