ARTICULO 14°. DE LA OFICINA DE ADMINISTRACIÓN.
Es la unidad orgánica de apoyo de segundo nivel organizacional, encargada de dirigir y evaluar el correcto cumplimiento de los sistemas administrativos de recursos humanos, logísticos, económicos, patrimoniales. Así como de los órganos desconcentrados de la Red de Servicios de Salud. Su sigla es OA. Tiene las siguientes funciones generales:
ARTICULO 15°. Oficina de Administración mantiene las siguientes líneas de interrelación:
De Dependencia: Depende jerárquica y administrativamente de la Dirección Ejecutiva de la Red de Servicios de Salud La Convención. De Autoridad: Ejerce autoridad sobre el personal que integra la Oficina y las unidades a su cargo.
De Responsabilidad: Es responsable del cumplimiento de sus funciones y logro de sus objetivos y metas ante la Dirección Ejecutiva de Red de Servicios de Salud La Convención.
De Coordinación: Para el cumplimiento de sus funciones mantiene relaciones de coordinación con los diferentes órganos de la Red de Servicios de Salud La Convención, con la Dirección Regional de Salud Cusco y con el Gobierno Regional Cusco, así como con organismos públicos nacionales, relacionados al ámbito de su competencia.
La logística son todas las operaciones llevadas a cabo para hacer posible que un producto llegue al consumidor desde el lugar donde se obtienen las materias primas, pasando por el lugar de su producción. Son principalmente las operaciones de transporte, almacenamiento y distribución de los productos en el mercado.
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